Mucho se habla de la nueva forma de tramitación que entró en vigor a partir del 24-octubre-2016.
Hasta ahora, para registrar cualquier proyecto o instalación en industria, se hacía mediante un montón de papeleos tediosos.
Aunque fuesen todas las instalaciones del mismo titular, había que entregar por cada proyecto o instalación su inscripción correspondiente, además, de tirarte una mañana entera en industria para realizar dichos procedimientos.
Posteriormente tenias que esperar al funcionario de turno que te diese la autorización pertinente, siempre y cuando no llegase algún requerimiento, el cual tenias que realizar anexos al proyecto y volver a industria a registrar dicho anexo, volviendo a tener que esperar y perdiendo otra mañana para unos simples papeles.
¿COMO ES LA TRAMITACIÓN A PARTIR DE AHORA?
Ahora industria no cogerá los proyectos, se limitará a recoger una declaración responsable firmada por el titular de las instalaciones correspondientes.
Esta declaración responsable, que serán aproximadamente 5 hojas, vienen todas las instalaciones en un mismo archivo. Ejemplo:
Para realizar un registro de una actividad industrial, descargamos la declaración responsable codigo 1075, donde viene englobada todas las instalaciones que pueden albergar un actividad industrial y solo se deberá señalar las instalaciones que corresponda. Todo eso en un mismo archivo el cual solo ese documento será presentado.
Esto da libertad y agiliza muchísimo los tramites, pero tiene un arma de doble filo, a mayor libertad, mayor responsabilidad.
El titular de las instalaciones (dueño normalmente de la actividad) firma una declaración responsable. También la confirma y asegura tener toda la documentación correspondiente en su poder (proyectos, certificaciones, contratos de mantenimiento…). Si no fuera así, se le aplicará una falta grabe, llevando con sigo una multa y el cese de la actividad.
Esto viene reflejado en la declaración responsable. Donde dice en el ultimo punto que según la ley 21/1992, de 16 de julio, ” La inexactitud, falsedad u omisión en cualquier dato, o manifestación sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos señalados en la declaración responsable o la comunicación aportada por los interesados” y “La realización de la actividad sin haber realizado la comunicación o la declaración responsable cuando alguna de ellas sea preceptiva”, están tipificadas como faltas, pudiendo ser sancionadas con multas hasta 90.151,82 €.
Tenemos oídas que la tramitación en 2017 podrán hacerse vía online, para agilizar las cosas mas aún.
Para mas información visitar la página de la Región de Murcia en Guía de Procedimientos y Servicios.
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